Reducción de la jornada laboral
A partir del 15 de julio de 2023 la jornada máxima laboral se verá reducida en una hora semanal. Desde ese día seguirá disminuyendo la jornada en forma gradual hasta llegar a 42 horas semanales el 15 de julio de 2026. No obstante, tal modificación no contempla la posibilidad de disminuir los salarios de los trabajadores. Entérese de los detalles de la Ley 2101 de 2021 y la reducción de la jornada laboral en Colombia en este artículo.
La jornada laboral en Colombia corresponde al horario de trabajo pactado entre el empleador y el trabajador para que este desempeñe las actividades para las cuales fue contratado. Antes de la Ley 2101 expedida el 15 de julio de 2021, esta jornada no podía superar 8 horas diarias y 48 horas semanales. Lo que significa que, en caso de que el patrono quiera disponer de los servicios de sus empleados por más de la jornada máxima legal, debería cancelar un valor adicional por el tiempo suplementario, de acuerdo con los valores fijados en la regulación para compensar el tiempo suplementario.
Actualmente, la Ley 2101 de 2021 disminuyó la jornada máxima legal a 42 horas semanales, las cuales pueden ser repartidas entre 5 o 6 días a la semana, garantizando siempre un día de descanso. De acuerdo con esta norma, los empleadores que deseen disminuir la jornada de sus trabajadores podrán hacerlo de forma voluntaria en cualquier momento. Sin embargo, aquellos que no deseen implementar de forma inminente la reducción total de la jornada, se encontrarán obligados a disminuir la jornada máxima legal de forma gradual, así:

El artículo 4 de la Ley 2101 de 2021 ha sido claro en señalar que la reducción de la jornada laboral no implica una disminución los derechos de los trabajadores, lo que quiere decir que, a pesar de esta modificación, el empleador seguirá pagando los salarios, auxilio de transporte, las prestaciones sociales, vacaciones, y cotizaciones parafiscales en la forma pactada en el contrato, sin que sea inferior al salario mínimo mensual vigente para cada año.
Sin duda alguna esta modificación en la jornada máxima legal tendrá un impacto económico para los empleadores, sobre todo para aquellas empresas que requieren mayor disponibilidad de tiempo de sus trabajadores para ejecutar las actividades de forma continua, pues tal reducción implica incurrir en mayores gastos para pagar el tiempo suplementario de sus trabajadores con el fin de cubrir el horario de trabajo necesario para mantener las operaciones económicas de la empresa.
En atención a tal problemática, la Ley ha previsto una serie de excepciones que tienden a limitar o flexibilizar la jornada máxima. A modo de limitación encontramos, por ejemplo, las actividades consideradas por el Gobierno como insalubres o peligrosas y las que sean prestadas por menores de edad, pues se encuentran sometidas a una jornada inclusive inferior a las 42 horas semanales. No obstante, estas excepciones también brindan una respuesta para aquellas empresas que requieren extender la jornada laboral por encima de las 42 horas semanales, y por ello la Ley 2101 de 2021 ha mantenido la posibilidad que entre empleador y trabajador puedan pactar cualquiera de las siguientes jornadas especiales:

Finalmente, debe indicarse que la implementación de esta disminución exime al empleador del dar cumplimiento a las jornadas flexibles y semestrales previstas en el Parágrafo del artículo 3 la ley 1857 de 2017, cuya finalidad era adecuar el horario de trabajo para facilitar el acercamiento de los empleados con su grupo familiar. Es decir, que los empleadores no se verán obligados a gestionar una jornada semestral adicional a los días de descanso, para que el trabajador comparta con sus familiares en un espacio suministrado en forma directa por la empresa o a través de las cajas de compensación familiar.

